NORMATIVA DE ASISTENCIA A LOS DEPORTISTAS ASEGURADOS EN ESTA M.G.D. MUTUALIDAD GENERAL DEPORTIVA

Tel. 91 559 7963 – 91 559 6344

Fax 91 541 4968

e-mail: MGD.Generales@develnet.es

para más información: web: http//www.mgd.es

 

1)       Los deportistas accidentados tienen que acudir a consulta con el Comunicado de Accidente Deportivo cumplimentado en todos sus extremos, en la parte que corresponde a los datos de la Entidad Deportiva y del deportista (Certificado de Accidente Deportivo). A su vez, el servicio asistencial deberá cumplimentar en todos sus extremos los datos referidos al Centro Asistencial y a la lesión (Parte Médico de Accidente Deportivo)

 

2)       En caso de urgencia, el deportista debe utilizar el Comunicado de Accidente Deportivo; en los casos en que el deportista no haya podido obtener, por la premura, este impreso, se podrá utilizar el “Volante para primera asistencia de urgencia”, que deben tener en centros concertados y tiene que ser canjeado posteriormente por el preceptivo Comunicado de Accidente Deportivo. El original de este documento tiene que obrar en poder de la Mutualidad en un plazo no superior a siete días desde la fecha del accidente y tiene que ser enviado a la M.G.D. por el deportista lesionado.

 

3)       La validez del Comunicado de Accidente Deportivo es de un mes a partir de la fecha de emisión por la Entidad Deportiva. Si transcurrido ese tiempo el deportista, por prescripción facultativa, precisara continuar tratamiento, deberá presentar en el servicio que le atiende un “Volante de continuación de tratamiento” que le será facilitado por la M.G.D. mediante petición telefónica del lesionado, y en el que se recoge que tipo de asistencia tiene autorizada.

 

4)       Requisitos de la Cobertura en el Extranjero: Es requisito imprescindible que la Federación Hípica de Madrid comunica al menos con siete días de antelación, la autorización de participación y salida del deportista para actuar en el extranjero, indicando apellidos y nombre, número de NIF, número de licencia federativa, días de duración del viaje y detalle del recorrido a realizar.

 

5)       Los servicios asistenciales tienen que solicitar por fax a la Mutualidad General Deportiva las autorizaciones correspondientes a: Ingresos, intervenciones quirúrgicas, pruebas diagnósticas (TAC´S, Gammagrafías, Resonancias Magnéticas Nucleares, etc.), así como en los casos que se precise material de osteosíntesis, deberán enviar el presupuesto correspondiente.

 

6)       En los casos en los que el servicio asistencia prescriba tratamiento rehabilitador, deberá facilitar este servicio al deportista volante indicando tipo de rehabilitación y número de sesiones. El deportista lesionado, mediante llamada telefónica a la Mutualidad, efectuará esta solicitud, facilitándole esta Mutualidad, por correo, la preceptiva autorización.

 

7)       Esta Mutualidad no asumirá, en ningún caso, prestaciones médicas fuera de nuestros servicios concertados salvo en los casos en los que se acredite la urgencia vital.

 

 

 

P.D.- En ningún caso la Mutualidad se hará cargo de asistencias o tratamientos que no cumplan las condiciones indicadas.